señales reglamentacion

Señales de reglamentación tienen por objeto indicar a los usuarios de la vía las obligaciones, limitaciones o prohibiciones especiales que deben observar.

Reglamentación en poblado

Las señales de reglamentación colocadas al lado o en la vertical de una señal que indique el nombre del poblado significan que la reglamentación se aplica a todo el poblado, excepto si en éste se indicara otra reglamentación distinta mediante otras señales en ciertos tramos de la vía.

CLASES DE SEÑALES DE REGLAMENTACION

Señales de prioridad

Las señales de prioridad están destinadas a poner en conocimiento de los usuarios de la vía reglas especiales de prioridad en las intersecciones o en los pasos estrechos.

La nomenclatura y significado de las señales de prioridad son los siguientes:

Ceda el paso

Obligación para todo conductor de ceder el paso en la próxima intersección a los vehículos que circulen por la vía a la que se aproxime o al carril al que pretende incorporarse.

Detención obligatoria o stop

Obligación para todo conductor de detener su vehículo ante la próxima línea de detención o, si no existe, inmediatamente antes de la intersección, y ceder el paso en ella a los vehículos que circulen por la vía a la que se aproxime.

Si, por circunstancias excepcionales, desde el lugar donde se ha efectuado la detención no existe visibilidad suficiente, el conductor deberá detenerse de nuevo en el lugar desde donde tenga visibilidad, sin poner en peligro a ningún usuario de la vía.

Calzada con prioridad

Indica a los conductores de los vehículos que circulen por una calzada su prioridad en las intersecciones sobre los vehículos que circulen por otra calzada.

Fin de prioridad

Indica la proximidad del lugar en que la calzada por la que se circula pierde su prioridad respecto a otra calzada.

Prioridad en sentido contrario

Prohibición de entrada en un paso estrecho mientras no sea posible atravesarlo sin obligar a los vehículos que circulen en sentido contrario a detenerse.

Prioridad respecto al sentido contrario

Indica a los conductores que, en un próximo paso estrecho, tienen prioridad con relación a los vehículos que circulen en sentido contrario.

Señales de prohibición de entrada

Las señales de prohibición de entrada, para quienes se las encuentren de frente en el sentido de su marcha y a partir del lugar en que están situadas, prohíben el acceso a los vehículos o usuarios, en la forma que a continuación se detalla:

Circulación prohibida

Prohibición de circulación de toda clase de vehículos en ambos sentidos.

Entrada prohibida

Prohibición de acceso a toda clase de vehículos.

Entrada prohibida a vehículos de motor

Prohibición de acceso a vehículos de motor.

Entrada prohibida a vehículos de motor, excepto motocicletas de dos ruedas sin sidecar

Prohibición de acceso a vehículos de motor.

No prohíbe el acceso a motocicletas de dos ruedas.

Entrada prohibida a motocicletas

Prohibición de acceso a motocicletas.

Entrada prohibida a ciclomotores

Prohibición de acceso a ciclomotores de dos y tres ruedas y cuadriciclos ligeros.

Igualmente prohíbe la entrada a vehículos para personas de movilidad reducida.

Entrada prohibida a vehículos destinados al transporte de mercancías

Prohibición de acceso a vehículos destinados al transporte de mercancías, entendiéndose como tales camiones y furgones independientemente de su masa.

Entrada prohibida a vehículos destinados al transporte de mercancías con mayor masa autorizada que la indicada

Prohibición de acceso a toda clase de vehículos destinados al transporte de mercancías si su masa máxima autorizada es superior a la indicada en la señal, entendiéndose como tales los camiones y furgones con mayor masa autorizada que la indicada en la señal.

Prohíbe el acceso aunque circulen vacíos.

Entrada prohibida a vehículos que transporten mercancías peligrosas

Prohibición de paso a toda clase de vehículos que transporten mercancías peligrosas y que deban circular de acuerdo con su reglamentación especial.

Entrada prohibida a vehículos que transporten mercancías explosivas o inflamables

Prohibición de paso a toda clase de vehículos que transporten mercancías explosivas o fácilmente inflamables y que deban circular de acuerdo con su reglamentación especial.

Entrada prohibida a vehículos que transporten productos contaminantes del agua

Prohibición de paso a toda clase de vehículos que transporten más de 1.000 litros de productos capaces de contaminar el agua.

Entrada prohibida a vehículos agrícolas de motor

Prohibición de acceso a tractores y otras máquinas agrícolas autopropulsadas.

Entrada prohibida a vehículos de motor con remolque, que no sea un semirremolque o un remolque de un solo eje

La inscripción de una cifra de tonelaje, ya sea sobre la silueta del remolque, ya sea en una placa suplementaria, significa que la prohibición de paso sólo se aplica cuando la masa máxima autorizada del remolque supere dicha cifra.

Entrada prohibida a vehículos de tracción animal

Prohibición de acceso a vehículos de tracción animal.

Entrada prohibida a ciclos

Prohibición de acceso a ciclos.

Entrada prohibida a carros de mano

Prohibición de acceso a carros de mano.

Entrada prohibida a peatones

Prohibición de acceso a peatones.

Entrada prohibida a animales de montura

Prohibición de acceso a animales de montura.

Señales de restricción de paso

Las señales de restricción de paso, para quienes se las encuentren de frente en el sentido de su marcha y a partir del lugar en que están situadas, prohíben o limitan el acceso de los vehículos en la forma que a continuación se detalla:

Prohibición de pasar sin detenerse

Indica el lugar donde es obligatoria la detención por la proximidad, según la inscripción que contenga, de un puesto de aduana, de policía, de peaje u otro, y que tras ellos pueden estar instalados medios mecánicos de detención.

Limitación de masa

Prohibición de paso de los vehículos cuya masa en carga supere la indicada en toneladas.

Limitación de masa por eje

Prohibición de paso a los vehículos cuya masa por eje transmitida por la totalidad de las ruedas acopladas a algún eje supere a la indicada en la señal.

Limitación de longitud

Prohibición de paso de los vehículos o conjunto de vehículos cuya longitud máxima, incluida la carga, supere la indicada.

Limitación de anchura

Prohibición de paso de los vehículos cuya anchura máxima, incluida la carga, supere la indicada.

Limitación de altura

Prohibición de paso de los vehículos cuya altura máxima, incluida la carga, supere la indicada.

Otras señales de prohibición o restricción

La nomenclatura y significado de estas señales son las siguientes:

Separación mínima

Prohibición de circular sin mantener con el vehículo precedente una separación igual o mayor a la indicada en la señal, excepto para adelantar.

Si aparece sin la indicación en metros, recuerda de forma genérica que debe guardarse la distancia de seguridad entre vehículos.

Velocidad máxima

Prohibición de circular a velocidad superior, en kilómetros por hora, a la indicada en la señal.

Obliga desde el lugar en que esté situada hasta la próxima señal «Fin de limitación de velocidad», de «Fin de prohibiciones» u otra de «Velocidad máxima», salvo que esté colocada en el mismo poste que una señal de advertencia de peligro o en el mismo panel que ésta, en cuyo caso la prohibición finaliza cuando termine el peligro señalado.

Situada en una vía sin prioridad, deja de tener vigencia al salir de una intersección con una vía con prioridad.

Si el límite indicado por la señal coincide con la velocidad máxima permitida para el tipo de vía, recuerda de forma genérica la prohibición de superarla.

Giro a la derecha prohibido

Prohibición de girar a la derecha.

Giro a la izquierda prohibido

Prohibición de girar a la izquierda.

Incluye, también, la prohibición del cambio de sentido de marcha.

Media vuelta prohibida

Prohibición de efectuar la maniobra de cambio de sentido de la marcha.

Adelantamiento prohibido

Por añadidura a los principios generales sobre adelantamiento, indica la prohibición a todos los vehículos de adelantar a los vehículos de motor que circulen por la calzada, salvo que éstos sean motocicletas de dos ruedas y siempre que no se invada la zona reservada al sentido contrario, a partir del lugar en que esté situada la señal y hasta la próxima señal de «Fin de prohibición de adelantamiento» o de «Fin de prohibiciones».

Colocada en aquellos lugares donde por norma esté prohibido el adelantamiento, recuerda de forma genérica la prohibición de efectuar esta maniobra.

Adelantamiento prohibido para camiones

Prohibición a los camiones cuya masa máxima autorizada exceda de 3.500 kilogramos de adelantar a los vehículos de motor que circulen por la calzada, salvo que éstos sean motocicletas de dos ruedas y siempre que no se invada la zona reservada al sentido contrario, a partir del lugar en que esté situada la señal y hasta la próxima señal de «Fin de prohibición de adelantamiento para camiones» o de «Fin de prohibiciones».

Parada y estacionamiento prohibido

Prohibición de parada y estacionamiento en el lado de la calzada en que esté situada la señal.

Salvo indicación en contrario, la prohibición comienza en la vertical de la señal y termina en la intersección más próxima.

Estacionamiento prohibido

Prohibición de estacionamiento en el lado de la calzada en que esté situada la señal.

Salvo indicación en contrario, la prohibición comienza en la vertical de la señal y termina en la intersección más próxima.

No prohíbe la parada.

Estacionamiento prohibido los días impares

Prohibición de estacionamiento, en el lado de la calzada en que esté situada la señal, los días impares.

Salvo indicación en contrario, la prohibición comienza en la vertical de la señal y termina en la intersección más próxima.

No prohíbe la parada.

Estacionamiento prohibido los días pares

Prohibición de estacionamiento, en el lado de la calzada en que esté situada la señal, los días pares.

Salvo indicación en contrario, la prohibición comienza en la vertical de la señal y termina en la intersección más próxima.

No prohíbe la parada.

Estacionamiento prohibido la primera quincena

Prohibición de estacionamiento, en el lado de la calzada en que esté situada la señal, desde las nueve horas del día 1 hasta las nueve horas del día 16.

Salvo indicación en contrario, la prohibición comienza en la vertical de la señal y termina en la intersección más próxima.

No prohíbe la parada.

Estacionamiento prohibido la segunda quincena

Prohibición de estacionamiento en el lado de la calzada en que esté situada la señal, desde las nueve horas del día 16 hasta las nueve horas del día 1.

Salvo indicación en contrario, la prohibición comienza en la vertical de la señal y termina en la intersección más próxima.

No prohíbe la parada.

Estacionamiento prohibido en vado

Prohíbe el estacionamiento delante de un vado.

Zona de estacionamiento limitado

Zona de estacionamiento de duración limitada y obligación para el conductor de indicar, de forma reglamentaria, la hora del comienzo del estacionamiento.

Advertencias acústicas prohibidas

Recuerda la prohibición general de efectuar señales acústicas, salvo para evitar un accidente.

Señales de obligacion

Son aquellas señales que señalan una norma de circulación obligatoria.

Su nomenclatura y significado son los siguientes:

Sentido obligatorio

La flecha señala la dirección y sentido que los vehículos tienen la obligación de seguir.

Paso obligatorio

La flecha señala el lado o los lados del refugio por los que los vehículos han de pasar.

Intersección de sentido giratorio-obligatorio

Las flechas señalan la dirección y sentido del movimiento giratorio que los vehículos deben seguir.

Únicas direcciones y sentidos permitidos

Las flechas señalan las únicas direcciones y sentidos que los vehículos pueden tomar.

Calzada para automóviles, excepto motocicletas sin sidecar

Obligación para los conductores de automóviles, excepto motocicletas, de circular por la calzada a cuya entrada esté situada.

Calzada para motocicletas sin sidecar

Obligación para los conductores de motocicletas de circular por la calzada a cuya entrada esté situada.

Calzada para camiones, furgones y furgonetas

Obligación para los conductores de toda clase de camiones y furgones, independientemente de su masa, de circular por la calzada a cuya entrada esté situada.

La inscripción de una cifra de tonelaje, ya sea sobre la silueta del vehículo, ya sea en otra placa suplementaria, significa que la obligación sólo se aplica cuando la masa máxima autorizada del vehículo o del conjunto de vehículos supere la citada cifra.

Vía reservada para ciclos o vía ciclista

Obligación para los conductores de ciclos de circular por la vía a cuya entrada esté situada y prohibición a los demás usuarios de la vía de utilizarla.

Vía reservada a ciclomotores

Obligación para los conductores de ciclomotores de circular por la vía a cuya entrada esté situada y prohibición a los demás usuarios de la vía de utilizarla.

Camino para vehículos de tracción animal

Obligación para los conductores de vehículos de tracción animal de utilizar el camino a cuya entrada esté situada.

Camino reservado para animales de montura

Obligación para los jinetes de utilizar con sus animales de montura el camino a cuya entrada esté situada y prohibición a los demás usuarios de la vía de utilizarlo.

Camino reservado para peatones

Obligación para los peatones de transitar por el camino a cuya entrada esté situada y prohibición a los demás usuarios de la vía de utilizarlo.

Velocidad mínima

Obligación para los conductores de vehículos de circular, por lo menos, a la velocidad indicada por la cifra, en kilómetros por hora, que figure en la señal, desde el lugar en que esté situada hasta otra de velocidad mínima diferente, o de fin de velocidad mínima o de velocidad máxima de valor igual o inferior.

Cadenas para nieve

Obligación de no proseguir la marcha sin cadenas para nieve u otros dispositivos autorizados, que actúen al menos en una rueda a cada lado del mismo eje motor. (ruedas motrices)

Alumbrado de corto alcance

Obligación para los conductores de circular con el alumbrado de corto alcance al menos, con independencia de las condiciones de visibilidad e iluminación de la vía, desde el lugar en que esté situada la señal hasta otra de fin de esta obligación.

Calzada para vehículos que transporten mercancías peligrosas

Obligación para los conductores de toda clase de vehículos que transporten mercancías peligrosas de circular por la calzada a cuya entrada esté situada y que deben circular de acuerdo con su reglamentación especial.

Calzada para vehículos que transporten productos contaminantes del agua

Obligación para los conductores de toda clase de vehículos que transporten más de 1.000 litros de productos capaces de contaminar el agua de circular por la calzada a cuya entrada esté situada.

Calzada para vehículos que transportan mercancías explosivas e inflamables

Obligación para los conductores de toda clase de vehículos que transporten mercancías explosivas o fácilmente inflamables de circular por la calzada a cuya entrada esté situada y que deben circular de acuerdo con su reglamentación especial.

Uso obligatorio del cinturón de seguridad

Obligación de utilización del cinturón de seguridad.

Vía exclusiva para vehículos dotados de equipo de telepeaje operativo.

Obligación de efectuar el pago del peaje mediante el sistema de peaje dinámico o telepeaje.

Señales de fin de prohibición o restricción

La nomenclatura y significado de las señales de fin de prohibición o restricción son los siguientes:

Fin de prohibiciones

Señala el lugar desde el que todas las prohibiciones específicas indicadas por anteriores señales de prohibición para vehículos en movimiento dejan de tener aplicación.

Fin de la limitación de velocidad

Señala el lugar desde donde deja de ser aplicable una anterior señal de velocidad máxima.

Fin de la prohibición de adelantamiento

Señala el lugar desde donde deja de ser aplicable una anterior señal de adelantamiento prohibido.

Fin de la prohibición de adelantamiento para camiones

Señala el lugar desde donde deja de ser aplicable una anterior señal de adelantamiento prohibido para camiones.

Fin de zona de estacionamiento limitado

Señala el lugar desde donde deja de ser aplicable una anterior señal de zona de estacionamiento limitado.

Fin de vía reservada para ciclos

Señala el lugar desde donde deja de ser aplicable una anterior señal de vía reservada para ciclos.

Fin de velocidad mínima

Señala el lugar desde donde deja de ser aplicable una anterior señal de velocidad mínima.

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Señales de reglamentacion (recuerda)

Esta señal

Indica

Ceda el paso

Esta señal

Indica

Detención obligatoria o stop

Esta señal

Indica

Prioridad en sentido contrario

Esta señal

Indica

Prioridad respecto al sentido contrario

Esta señal

Indica

Circulación prohibida

Esta señal

Indica

Entrada prohibida

Esta señal

Indica

Entrada prohibida a vehículos de motor

Esta señal

Indica

Entrada prohibida a motocicletas

Esta señal

Indica

Entrada prohibida a ciclomotores

Esta señal

Indica

Entrada prohibida a ciclos

Esta señal

Indica

Prohibición de pasar sin detenerse

Esta señal

Indica

Limitación de masa

Esta señal

Indica

Limitación de longitud

Esta señal

Indica

Limitación de anchura

Esta señal

Indica

Limitación de altura

Esta señal

Indica

Separación mínima

Esta señal

Indica

Velocidad máxima

Esta señal

Indica

Media vuelta prohibida

Esta señal

Indica

Parada y estacionamiento prohibido

Esta señal

Indica

Estacionamiento prohibido

Esta señal

Indica

Zona de estacionamiento limitado

Estas señales

Indican

Sentido obligatorio

Estas señales

Indican

Paso obligatorio

Esta señal

Indica

Calzada para motocicletas sin sidecar

Esta señal

Indica

Vía reservada para ciclos o vía ciclista

Esta señal

Indica

Vía reservada a ciclomotores

Esta señal

Indica

Velocidad mínima

Esta señal

Indica

Fin de prohibiciones

Esta señal

Indica

Fin de la limitación de velocidad

Esta señal

Indica

Fin de la prohibición de adelantamiento

Tema 08-04-02 test 1

Pulsa "Start" para empezar

1 / 30

Esta señal indica el lugar a partir del cual...

2 / 30

El conductor de un turismo, ¿debe respetar estas señales?

3 / 30

¿Qué le indica esta señal?

4 / 30

¿Qué indica esta señal en un peaje?

5 / 30

¿A qué vehículos de transporte de mercancías prohíbe pasar esta señal?

6 / 30

Esta señal, ¿permite realizar la maniobra de adelantamiento?

7 / 30

Esta señal prohíbe...

8 / 30

La señal triangular indica que se debe...

9 / 30

¿A qué obliga esta señal?

10 / 30

Esta señalización prohíbe estacionar...

11 / 30

A la vista de la señal, ¿es obligatorio detenerse para dejar pasar a un vehículo que circula en sentido contrario?

12 / 30

¿A qué vehículos prohíbe pasar esta señal?

13 / 30

Esta señal, ¿prohíbe el cambio de dirección en la próxima intersección?

14 / 30

¿Qué indica esta señal?

15 / 30

A partir de esta señal, circular como mínimo a 30 kilómetros por hora...

16 / 30

¿A qué vehículos debe ceder el paso?

17 / 30

Estas señales indican que...

18 / 30

En esta intersección no hay línea de detención; ¿dónde hay que detenerse?

19 / 30

A partir de esta señal…

20 / 30

Esta señal indica...

21 / 30

¿A qué vehículos prohíbe el adelantamiento esta señal?

22 / 30

La señal prohíbe el paso a los vehículos...

23 / 30

En esta intersección con señal de STOP y buena visibilidad, ¿qué debe hacer?

Practicas carnet de conducir

24 / 30

¿Qué le indican estas señales?

25 / 30

Una señal de prohibición junto a una señal de localización de población, ¿prohíbe en toda la población?

26 / 30

La señal, ¿qué indica?

27 / 30

Esta señal prohíbe…

28 / 30

A la vista de esta señal, ¿puede pasar conduciendo un ciclomotor?

29 / 30

En un paso estrecho, esta señal, ¿qué indica?

30 / 30

Estas señales indican que el límite de velocidad...

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